martes, 19 de noviembre de 2019

LAS CARGAS IMPOSITIVAS DE LA PRODUCCIÓN ELÉCTRICA.





            Para empezar diría que considero que las cargas impositivas asociadas al pago del recibo de la luz deberían de estar asociadas a beneficiar al territorio donde se ha producido esa energía. Entre otras cosas sería un modo de compensar todo el desarraigo que han supuesto los pantanos. Es el profundo dolor de aquellos que han visto anegadas las tierras donde han ido desarrollando sus vivencias.

            No deja de sorprenderme que en una de las facturas que acabo de pagar se incluya un “suplemento territorial por tributos de la Comunidad Autónoma donde se UBICA su punto de suministro”. En este caso la referencia es Cantabria.

            Otra forma de beneficiarse de la producción eléctrica es a través de que la recaudación de impuestos está en función de donde se encuentra la sede fiscal de la empresa que genera la energía. Diría que nunca el centro administrativo de la empresa es coincidente con el de producción.

            En uno y otro caso las arcas de la administración que recauda esos impuestos, se verán “engordadas” con dinero que les llega desde esos procesos recaudatorios. En función de ello podrán tener más recursos para destinar a las necesidades sociales ya sean en educación, en sanidad, en carreteras…

            La situación podría ser muy diferente si esos impuestos se asociasen al territorio donde se genera esa producción eléctrica. Sin entrar a definir los límites de ese ámbito territorial si propugnamos que sean los más próximos al lugar donde se ubica ese centro de producción. De algún modo hay que hacer llegar la compensación económica a aquellos que han hecho un mayor esfuerzo para posibilitar obtener esa energía.

   

viernes, 8 de noviembre de 2019

VANTE EL “LEÓN ES CASTILLA”. ¿DIPUTACIÓN QUE DICE? ¿DIPUTACIÓN QUE HACE?.






            Es un hecho reiterado que en muchas publicaciones y en diferentes medios de comunicación se incluye a León como una parte de Castilla. Así son muchas las veces que oímos hablar del tiempo en “las dos Castillas”, de la referencia a nuestra catedral como “castellana” o en las confrontaciones deportivas se identifica a los equipos leoneses como “castellanos”(Sin ir más lejos en la crónica del partido Cultural-Leioa en El Correo de Bizkaia se hablaba del “equipo castellano”). Las referencias podrían ser muchísimas. Entendemos que este tema adquiere especial gravedad cuando ese tipo de mensaje se incluye en los libros de texto que se enseñan en nuestras escuelas y colegios.

            Más allá de cualquier legítimo planteamiento político creemos que hay cosas que deberían ser comunes al conjunto de la sociedad leonesa. Así entendemos que no debería ser algo privativo de los leonesistas la defensa de nuestra identidad como leoneses y que no se nos asimile como castellanos. Es algo tan simple como la defensa de la rigurosidad en los mensajes. Si alguien como el Padre Isla nace en Vidanes no es de recibo que en un libro de texto le incluya como autor “castellano”  e incluso nos diga que nació en Soria. Tampoco lo es que se refieran a poblaciones o territorios leoneses como “castellanos”.



            Al objeto de hacer visible una unidad social en estos planteamientos impulsamos el “Acuerdo por la Identidad Leonesa” suscrito por los principales partidos PSOE, PP y UPL. Ese acuerdo era firmado por el que fue presidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero y los entonces secretarios provinciales del PP y UPL. En su punto primero se dice que “en la Comunidad de Castilla y León conviven DOS identidades por lo que es incorrecto  referirse a territorios leoneses como “castellanos” o como “castellano-leoneses”. En definitiva habría que hacer entrar en valor dicho acuerdo para difundir esa imagen en el resto de España. La credibilidad se gana cuando se respeta lo que se firma.

sábado, 2 de noviembre de 2019

SOBRE EL DECIR Y EL HACER.




            En mi opinión para entender el actual conflicto en Catalunya hay que tener claro lo que pueden ser los límites del decir y el hacer en un sistema democrático. Esa diferenciación es clave para entender lo que viene ocurriendo en ese territorio.

            En democracia diría que se puede decir “casi todo”. Los límites vendrían a ser los que marca el sentido común en todo aquello que directa o indirectamente afecta a la violencia. Es decir, no caben expresiones que alienten el terrorismo o la violencia en sus diferentes expresiones. Incluso diría que la democracia española ha sido bastante laxa en ello. Así se ha permitido, durante bastantes años, que partidos en cuyos mítines  subían encapuchados para gritar Gora Eta y quemar una bandera española pudieran presentarse a las elecciones y ser votados por la ciudadanía. En definitiva los límites en “el decir” son muy amplios y desde luego caben (por supuesto) las posiciones independentistas.

            Otra cosa son los límites en “el hacer”. En cualquier Estado de derecho los límites en ese hacer los marca la ley. No es asumible que cada uno pueda hacer lo que le venga en gana sin considerar el marco legal en el que se está. Desde luego eso es aplicable a todos, pero aún con un mayor nivel de exigencia a la clase política.

            ¿Quién marca si aquello que se hace está o no permitido en el marco legal? Pues en cualquier país democrático ese papel le corresponde a los Tribunales de justicia.  Esto sería tanto para el caso de Catalunya como para cualquier otro. Si unos políticos conscientemente hacen actuaciones que son contrarias al marco legal diría que es normal que puedan esperar algún tipo de sanción. También en ese caso serán los Tribunales los que dictaminen la pena que les pueda corresponder. Cabe recordar que para justificar sus posiciones el Tribunal Supremo ha dedicado 500 páginas.

            Si alguien considera que cada cual puede hacer lo que considere oportuno al margen de la ley, tendrá que tener en cuenta que ello también podría ser válido para las disposiciones que pueda emitir. Sería el ejemplo de Ayuntamientos que se posicionen contrarios a respetar la decisión del alto tribunal. Con ese mismo argumento un ciudadano podría decir que no paga una multa que considera injusta o le lleve a incumplir las disposiciones que ese Ayuntamiento pueda haber emitido en materia de recogida de basuras. No creo que valga decir mi ley es válida pero la tuya no.