En principio sería de esperar que un
mismo acto que se somete a una sentencia judicial tuviera un veredicto igual o
al menos muy similar. Es decir que la sentencia fuera básicamente independiente
de la personalidad del juez que le hubiera tocado juzgarla. Sin embargo durante
la pandemia hemos visto muchas sentencias contradictorias, lo que ha generado
confusión entre la población en general. La disparidad de sentencias creo que
sería en mayor medida achacable a la personalidad del que juzga que al marco
normativo.
El premio
nobel Daniel Kahememan en su obre “Ruido. Un fallo en el juicio humano” explora
“la variabilidad del sistema en juicios
que idealmente deberían ser idénticos”. Su conclusión es que hay “grandes disparidades entre los jueces en
las sentencias que recomendaban para casos idénticos”. El experimento (como
suele ser habitual) se hace en Estados Unidos. En el mismo se llegan a
conclusiones tan sorprendentes como que es más probable que los jueces concedan
la libertad provisional al comienzo del día o después de una pausa para comer
que inmediatamente antes de esa pausa. Es decir un juez con hambre es más
severo. También nos dice que la sentencia cambia en función de si tu equipo de
futbol (en su caso el americano) gana o pierde.
Si la condena
media de un caso es de 7 años, el rango en función de la personalidad del juez
estaría entre los 10.4 años (el más severo) o los 3,6 años. Por eso mismo ese
autor nos dice que el ruido del sistema es cinco veces mayor de lo que
pensábamos. En ese mismo experimento se exponen una serie de 16 casos a 208
jueces para hallar la variabilidad de las sentencias. En base a ello construye
la teoría que vamos exponiendo.
Ante esa
situación el propio Congreso de los Estados Unidos promovió una ley que
restringiese el poder interpretativo de los jueces y favoreciera el atenerse a
lo que estrictamente dictaminaba la ley. Esta situación provoco importantes
rechazos y finalmente fue eliminada. Se había logrado reducir la variabilidad
en las sentencias pero ello chocaba con limitar el poder de los jueces.
En nuestro
caso podríamos decir que hay muchas sentencias que la ciudadanía acata pero no
las llega a comprender. Los ejemplos pueden ser muchos pero podemos poner
alguno. No se entiende que alguien grabe a unas mujeres sin su consentimiento
mientras orinan, suba esas grabaciones a redes pornográficas y el juez diga que
eso se puede hacer por estar en un espacio público. Tampoco se entiende que unos
jueces dictaminen en sentido contrario a posibilitar el estado de alarma ante
la demanda de un partido que censuraba no haberla decretado antes. Todo ello
meses después de haberse producido la emergencia sanitaria. La ciudadanía no
llegaba a comprender que en unos lugares los jueces consideraban aceptable la
restricciones en hostelería en otros sin embargo las prohibiesen.
La lentitud
de los procesos tiene también muy graves consecuencias. En nuestra opinión lo
que viene ocurriendo en Cataluña tiene un punto de partida muy importante
cuando una sentencia judicial anula un marco estatutario que había sido ya
refrendado por la ciudadanía. No entramos en lo que es el contenido de lo que
se había aprobado, pero es claro que si ello escapaba del marco normativo
habría que haber procedido a anularlo antes de que llegase a las urnas y no
después. Muchos ciudadanos se sintieron desautorizados por los tribunales.
Ahora mismo
hay un debate planteado sobre lo que es la renovación de los cargos del Consejo
General del Poder Judicial. Existe el riesgo de la concentración de poderes.
Ciertamente es un signo de las dictaduras que el poder judicial esté al
servicio del poder político. Por eso es saludable la separación de poderes. Sin
embargo también puede suponer un riesgo el dar excesivo poder a unos jueces que
como hemos visto pueden juzgar más en función de su propia personalidad que de
lo que pueda decir la ley. La solución no es fácil.
Probablemente habría que seguir aquella máxima de los romanos de que “en el medio está la virtud”. El ideal sería que manteniendo la independencia de poderes a la vez se consiguiese reducir el sesgo que se produce en las sentencias en función de la personalidad del juez. Tal vez ese objetivo se podría lograr si la propia judicatura favoreciese esas medidas correctoras.
En
psicología se conoce que es importante que no haya excesiva distancia temporal
entre una conducta y el premio o castigo
que pudiera estar asociado a ella. En ese sentido habría que acortar los plazos
de las sentencias judiciales. Tareas complicadas pero importantes, habría que
ir avanzando hacia esas metas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario